04 noviembre 2013

DOCTRINA PAROT

Yo, que siempre escribo mis artículos improvisando sobre la marcha así, en bruto, como un diamante sin pulir para que no se pierda la frescura del primer hilo de pensamiento. Hoy, para tratar este tema, he decidido abrir Word y pensar cómo voy a plantearlo.
Lo primero que voy a hacer es explicarlo de manera clara, sin figuras retoricas, sin tecnicismos y sin demagogia. Una manera, por otra parte, que deberían aprender desde el Olimpo los políticos, para que el pueblo llano (que no es tonto) supiera a qué atenerse.
Ya sabéis que en España, el Código Penal dictamina que la máxima condena a cumplir en la cárcel es de 30 años (aunque te hayan caído 2.000) y que hay ciertas “conductas” de los presos una vez en la cárcel que le ayudan a reducir condena (buen comportamiento, trabajo, estudios…etc.) Pues bien; en el año 2006 el Tribunal Supremo estableció que las reducciones de condena se aplicaran sobre la condena completa y no sobre la pena máxima permitida (o sea, sobre los 2.000 años y no sobre los 30) evitando así que presos peligrosos (se aplica a todos los presos, no solo a los terroristas) salieran de la cárcel antes incluso de cumplir esos 30 años.
Pues resulta que ahora el Tribunal Europeo de Derechos Humanos revoca esta doctrina porque, según ellos “carece de lógica y de base legal y además lesiona el derecho fundamental a la libertad” (textualmente), Multa a las Autoridades Españolas con 30.000 euros y exige poner en libertad a todos los presos que la Doctrina Parot a “vulnerado”. Como ha sido el caso de la Etarra Inés del Río, causante de la muerte de 12 guardia civiles.
Yo, por mi parte, me hago eco de la opinión de un amigo; letrado de pro, que aunando la Doctrina Parot con la temática del blog a fin de cuentas me dice: “Si lo vintage está tan de moda, no estaría mal aplicarlo a las leyes y condenas no?”

Uff, hoy ni os he hablado del outfit.
 I always write my articles and winging , raw , unpolished diamond as to not lose the freshness of the first train of thought. Today ,to address this issue , I decided to open Word and think how I will raise it .
The first thing I will do is explain clearly, without figures of speech , without jargon and without demagoguery . One way , on the other hand , it should learn from the pantheon of politicians, for the common people (not stupid) know what to expect.
You know that in Spain , the Criminal Code dictates that the maximum sentence in prison meet is 30 years ( even if you have must stay 2,000) and that there are certain " behaviors " of prisoners in jail once that help reduce sentence ( good behavior, works, ... etc. . ) However , in 2006 the Supreme Court said the sentence reductions were applied on the full sentence and not on the maximum allowable penalty (ie , about 2000 years and not over 30 ) thus preventing dangerous prisoners (applies to all prisoners , not just terrorists ) came out of jail before they even meet those 30 years.
It turns out that now the European Human Rights Court revokes this doctrine because, they say " no logic and legal basis and also damages the fundamental right to freedom " (literally ) , Spanish authorities fined 30,000 euros and demands put release all prisoners Parot Doctrine " violated." As has been the case of Inés ETA River , causing the death of 12 patrolmen .
I, for my part, I echo the opinion of a friend, lawyer pro, that combining the Parot Doctrine with the theme of the blog in the end says, " If the vintage is so hot , it would be wrong to apply to the laws and sentences not ? "

Este otoño enseña el tobillo y da un par de vueltas a tus pantalones, sean del tipo que sean.
Ya llega el frío. Adiós a las uñas pintadas y bonitas....
Los zapatos de purpurina son muy polivalentes no creáis...
El jersey es regalo de mi "Suegrey"
Haciendo el "chorra"
Podría extenderme más y más, pero os lo he explicado a “grosso modo”. Espero haya quedado algo más claro, porque la verdad y la pena es, que la mayoría de las personas no saben que es esta “Doctrina Parot” y tampoco les interesa mucho. Están…..En otras cosas.
Nos vemos el miércoles.

Besos, Petra

8 comentarios:

  1. eso que firmaron en 2006 se aplica solamente a los presos de 2006 en adelante, el caso es como si tu firmaste en 2004 un contrato para una empresa con clausula por despido de 45 días por año trabajado, y ahora sale una ley que dice que son 25 días el maximo, pero como lo firmaste antes de la ley, pues te correponden 45 dias. Lo que el tribunal dijo es que no se le puede aplicar a estos terroristas porque la ley en aquellos tiempos era diferente.
    Por cierto estas estupenda, esperame en la playita que ya llego, y damos un paseo cogiditos de la mano jijiji

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    1. Gracias por la aclaración! Pero no es eso lo que yo he dicho?
      Como vamos a dar un paseo por la playa si ni siquiera se tu nombre??

      Besos, Petra

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  2. Petra mi vida estas muy fresquita con ese look jajaj
    http://fashionstyle247.blogspot.com.es/ BESITOS MIL

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    1. Gracias Andrea!

      Me pasé por tu blog y ya te sigo. Me encanta!!

      Besos, Petra

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  3. En cuanto a lo de Parot, hay cosas que no entiendo...
    Qué sentido tiene condenar a alguien a 2000 años si luego le concedes el "derecho" a sólo cumplir 30 como máximo.... independientemente de las reducciones que se hagan posteriormente sobre esta o la otra condena...
    Luego, de qué sirve meter a alguien en una carcel si luego le mantienes el derecho a la "libertad". Un preso es un preso, y por definicón no es "libre". Así que no lo entiendo. Lo siento.

    En cuanto al look, no me gustan los zapatos con purpurinas, pero sé reconocer cuando encajan bien en un look.. y tú ... SIEMPRE ACIERTAS! :D

    La mejor foto, la última, con diferencia ;D jajajajajajajajaja

    Besis ♥♥♥

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    1. Yo tampoco lo entiendo Noly, pero se ve que lo de vulnerar los derechos de los presos es un delito grandísimo, y digo Yo: ¿Donde están entonces los derechos de las victimas? ¿y los de sus familiares? porque estos individuos comen, cagan, respiran, ríen.....A diferencia de los que ellos mismos arrebataron todas esas cosas.

      Besos, Petra

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  4. La cuestión es que en un estado de derecho, todos han de tener derechos, incluso quienes los tienen restringidos. Lo que se anuló fue la de la retroactividad. Y si Estrasburgo tiene jurisprudencia: "tenemos que acatar la sentencia aunque no nos guste", ¿por qué no se acata la relativa a las cláusulas ?http://www.change.org/es/peticiones/banco-de-espa%C3%B1a-obligue-a-los-bancos-a-acatar-la-nulidad-de-las-cl%C3%A1usulas-suelo?share_id=MgZUoWwTGr&utm_campaign=autopublish&utm_medium=facebook&utm_source=share_petition Los zapatos de purpurina son ideales para la ingesta de champaña, para se lanzados lejos, para usarse como prenda única, para los acantilados, como arma defensiva.

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    1. Ja,ja,ja.
      Y digo yo.....Y si me voy a una caja de ahorros con este mismo look y utilizo mis zapatos de purpurina para darle de palos al director? Lo mismo me quitan la clausula suelo (si, yo también la tengo)

      Besos, Petra

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